Historial internacional de reconocimiento de derechos de las mujeres

Hay múltiples tratados, convenciones y documentos de organismos internacionales que reconocen derechos universales y de empoderamiento de las mujeres.

En este artículo, resumo mi presentación del módulo 2 del curso gratuito Hacia una política exterior feminista, y divido el historial de instrumentos tras la inicial Declaración Universal de Derechos Humanos creada en 1948.


I

La ONU ha organizado cuatro conferencias mundiales sobre la mujer:

  • Ciudad de México 1975
  • Copenhague 1980
  • Nairobi 1985
  • Beijing 1995

El 1975 fue un año muy emblemático porque se celebraba el Año Internacional de la Mujer, 6,000 representantes de ONGS, 133 representantes de gobierno. Fue en Ciudad de México que se aprobó un plan de acción para el Decenio con el fin de asegurar el progreso de mujeres.

En Copenhague, se discuten temas como el empleo, salud y educación, entiéndase, custodia de hijos, nacionalidad de mujer, herencias y acceso a tierras, entre otros.

En Nairobi, se amplía la discusión sobre la igualdad de género y participación de las mujeres en iniciativas de paz y desarrollo.

Diez años más tarde, en 1995, se aprueba la Declaración de Beijing adoptada de forma unánima por 189 países y que constituye el programa más progresista hasta la fecha que aboga por el empoderamiento de la mujer y la igualdad de género.

Este documento es venerado aún hoy y establece objetivos estratégicos en 12 áreas:

  • Mujer y pobreza
  • Educación y capacitación de la mujer
  • Mujer y salud
  • Violencia contra la mujer
  • Mujer y conflictos armados
  • Mujer y economía
  • Mujer en el ejercicio de poder y la adopción de decisiones
  • Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer
  • Los derechos humanos de la mujer
  • La mujer y los medios de difusión
  • La mujer y el medio ambiente
  • Las niñas

Por qué es importante esta declaración? Desencadenó una voluntad política y reforzó el activismo de los movimientos de las mujeres a escala mundial, imaginando la igualdad de género en todas las dimensiones de la vida.

II

Mientras todo esto sucedía, en 1979 se aprobó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Para 1992, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), organismo supervisor de la Convención, adoptó 19 recomendaciones en las que anunciaba que la violencia contra las mujeres era una forma de discriminación y que esto perjudicaba su habilidad de disfrutar derechos y libertades en igualdad de condiciones que los hombres.

En diciembre de 1993, se proclamó la Declaración sobre Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y se estableció un programa de acción que reconocía que la eliminación de la violencia contra las mujeres en la vida pública y privada era una obligación de derechos humanos.

Esto fue significativo porque demostró que la violencia de género era y es resultado de una profunda discriminación estructural que el Estado tiene una obligación de atender.

No como algo caritativo sino como un asunto legal y moral.

Según datos de la Organización Mundial de la Salud, un tercio de las mujeres en el mundo sufren de violencia de género de manera directa alguna vez en su vida.

La CEDAW ha aclarado que los derechos de las mujeres incluyen su salud sexual y reproductiva y que los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y cumplir con los derechos de la salud sexual y reproductiva de las mujeres

Las violaciones de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres están profundamente ligados con los valores sociales sobre la sexualidad de las mujeres y el patriarcado que dicta su rol reproductivo.

En la Declaración de Beijing se hizo énfasis en que los derechos de las mujeres incluyen su derecho de controlar y decidir libremente sobre su sexualidad y reproducción libre de manipulación, discriminación o violencia.

III

Para la tercera parte y la más ligada a política exterior que creo que como internacionalistas usualmente vemos: la Agenda de Mujeres, Paz y Seguridad.

En 2000, el Consejo de Seguridad de la ONU aprobó la famosa resolución 1325 en la que, por primera vez, se reconocía el efecto desproporcionado y singular de los conflictos armados en las mujeres

Según datos de ONU Mujeres,

en escenarios de conflicto y posconflicto, las tasas de mortalidad materna representan casi el doble de la proporción mundial, mientras que las niñas tienen dos veces y media más probabilidades de encontrarse fuera del sistema escolar.

Al mismo tiempo, el extremismo de características violentas está en aumento. Existen grupos extremistas y terroristas que manipulan las normas y estereotipos de género predominantes con el fin de promover sus objetivos y potenciar el reclutamiento. Mujeres y niñas no sólo son blanco de la violencia sexual que ejercen sistemáticamente, sino también de los reclutadores: las mujeres representan al menos entre el 20 por ciento y el 30 por ciento de los combatientes terroristas extranjeros.”

Y si le sumamos el tema de la trata humana, más.

Cuando hablamos de conflictos, las normas y leyes dejan de ser respetadas y las relaciones de poder se exacerban entre hombres y mujeres, sobretodo el machismo y la misoginia cultural se hace presente que ante la ausencia de las autoridades ejercen dominio y control.

Aquí hablo del caso de Bosnia que estudié en mi maestría y del cual el trabajo de Slavenka Drakulic da a conocer cómo se crearon campos de concentración para violar sistemática a las mujeres bosnias vistas como objetos con el fin de manchar “la dignidad” de los hombres de sus familias que no pudieron defenderlas.

La Resolución 1325 subraya que las mujeres deben participar en igualdad de condiciones e intervenir en prevención y resolución de los conflictos y el mantenimiento de paz en las naciones. El documento pide un aumento en la representación de las mujeres y que se incorpore una perspectiva de género en todas las esferas de la consolidación de paz.

Un complemento a esta resolución es la 1889 que elabora una serie de indicadores para vigilar la aplicación de la resolución.

En 2008, se aprueba la resolución 1820 que vincula explícitamente la violencia sexual como táctica y crimen de guerra con la agenda de mujer, paz y seguridad. Se establecen medias para proteger a los civiles de todas las formas de violencia sexual.

La resolución 1888, establece que los mandatos de las operaciones de mantenimiento de paz deben incluir disposiciones concretas para proteger a las mujeres y los niños de la violencia sexual en los conflictos armados.

La resolución 1960, aprobada en 2010, crea el Programa Mujeres, Paz y Seguridad sobre la Violencia Sexual.

La resolución 2106 denuncia la impunidad de la violencia sexual en conflicto y la importancia de la igualdad de género y el empoderamiento político, social y económico de las mujeres en los esfuerzos para prevenir la violencia sexual.

Ya por último, la resolución 2122 expresa la rendición de cuentas de los Estados y enfatiza en la importancia de la participación de las mujeres en todas las fases de prevención de conflictos, resolución y recuperación.

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